CONTENEDORES Y SACOS PARA ESCOMBROS |
¿COMO SOLICITAR EL ALQUILER DE UN CONTENEDOR? 2º Solicitar autorización de ocupación de la vía publica en su Ayuntamiento y en Madrid Capital en la juntas municipales que le corresponda. O en cualquier caso en la c/ Barco nº 20-22 Madrid. Tfno. 91 405 26 75
2º El arrendatario se obliga a no llenar el contenedor, por encima del límite representado por sus aristas superiores, ni a colocar ningún suplemento en los laterales. La carga no podrá sobrepasar, en ningún caso, los bordes del contenedor. 3º El arrendatario será responsable de conformidad con lo establecido en el Art. 138.1 c de la LOTT y Ordenanzas Municipales, de cualquier infracción a la normativa sobre exceso de peso o llenado del contenedor, pudiendo ascender las sanciones desde 276,47 € a 2.764,66 €. 4º Queda terminantemente prohibido depositar en el contenedor residuos tóxicos, peligrosos o reactivos, asumiendo la responsabilidad el arrendatario productor de los residuos de conformidad con la Ley 10/1998 de Residuos. 5º El contenedor, una vez lleno, deberá ser retirado en el plazo máximo de 24 horas, para lo cual el arrendatario se obliga a comunicar a la empresa transportista con la debida antelación respondiendo, en su caso, de las sanciones correspondientes (150.25 €). 6º El arrendatario es responsable de la correcta ubicación del contenedor, que deberá colocarse sin sobresalir de la línea exterior formada por los vehículos correctamente estacionados.
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MACOTRAN S.L.U..
C/ Nicaragua, 15 Local
28016 Madrid
Tf: 91 359 47 39 , 91 345 31 80, 91 350
82 72 Fax: 91 345 57 15